El Burgado

El Burgado o Burgao (Osilinus atratus)

Burgado o Burgao (Osilinus atratus)

Este pequeño molusco gasteropodo de la familia Trochidae, es  muy frecuente en toda la zona intermareal del archipielago Canario, el “burgao” con forma de trompo, es de concha cónica y espiral formada por cinco o seis vueltas y , con la base aplanada, más ancha que alta de unos 3 cm, con paredes lisas y gruesas de color verdosa-blanquecina y bandas púrpuro- rosáceas.

La abertura es redondeada con el borde del labro liso y de coloración oscura. El interior es blanco nacarado y sin ombligo. Opérculo córneo, de forma circular, fino y coloración castaña.

La distribución del burgado a través del litoral de las costas de Fuerteventura, sufre importantes variaciones , debido a  los cambios en la morfología de las costas, a el tipo de oleaje y la intensidad de las mareas, por eso hay zonas donde encontramos gran densidad de Burgados y otras sin embargo apenas unos pocos.

El burgado se desarrolla entre rocas y sedimentos consolidados sobre toda la zona intermareal o el eulitoral, que se define como la zona de encuentro entre la tierra y el mar, que está sumergida durante la marea alta y expuesta en marea baja.

Los burgados migran hacia los laterales o zonas bajas de las rocas para refugiarse y mantener la humedad durante la marea baja.
Las rasas intermareales dan cobijo a un número elevado de organismos marinos, llegando en algunos casos a superar las 300 especies. Así, las comunidades de algas pardas (preferentemente del género Cystoseira), son las plantas dominantes en muchas costas rocosas junto con las poblaciones de lapas (Patella) y burgaos (Osilinus), un sin fin de otros pequeños invertebrados marinos, así como cabosos, lisas y juveniles de muchos otros peces.

Debido a que la dieta principal del burgado son las algas, se ha estudiado este molusco con resultados óptimos, como un método de control y eliminación del fouling (fenómeno de adherencia de una elevada biodiversidad de organismos oportunistas) generado en las paredes de los tanques de cultivo de macroalgas, que suponen un gran inconveniente al desarrollo de la maricultura en tierra. Este metodo de control ha hecho reducir los costes de mantenimiento y limpieza de los tanques usados en acuicultura marina.

Burgado (Osilinus atratus)

El Burgado ha sido durante siglos sustento de los habitantes de todas las islas Canarias, constituían un suplemento alimenticio como fuente de proteínas, o eran moneda de intercambio con otros productos, las conchas de lapas y burgados han sido utilizados con fines decorativos, que en algunos casos la enorme extracción a la que están sometidos han casi exquilmado este molusco en algunas zonas, por lo que se ha regularizado su recolección, tanto las tallas mínimas como el peso que se puede recoger por persona, en la Orden de 2 de mayo de 2011, del BOC en el que se fijan determinados aspectos del marisqueo a pie para la recolección de algunas especies de mariscos de Canarias.

Para el Burgado se fijan los siguientes aspectos.

El periodo de veda para las  lapas y burgados, está comprendido entre el día 1 de diciembre de cada año y el 30 de abril del siguiente, ambos inclusive.

Zonas afectadas por la veda para la recuperación del burgado en Fuerteventura son las siguientes:
Zona Noreste: desde Caletón de María Hernández hasta Punta del Roque
Zona Sur: desde Matas Blancas hasta el Faro de Punta Jandía.

La Talla mínima tanto para el Burgado común (Osilinus atratus)  como para para el Burgado macho (Osilinus sauciatus) es de 15 mm.

Para el marisqueo Profesional:


– El Volumen de recolección o capturas autorizados para la actividad marisquera a pie en la modalidad de Marisqueo Profesional constituido por ejemplares de burgados de las dos especies Burgado común (Osilinus atratus), Burgado macho (Osilinus sauciatus) es de 3 kg del cual no podrá  haber más de un 1 KG de la especie burgado macho (Osilinus sauciatus).

Para el marisqueo recreativo:


– El volumen máximo de recolección podrá estar constituido por ejemplares de burgados de las dos especies Burgado común (Osilinus atratus), Burgado macho (Osilinus sauciatus) es de 1Kg, sin que en ningún caso, en dicho cómputo total puedan recolectarse más de 250 gramos de burgado macho (Osilinus sauciatus).

El marisqueo ilegal en época de veda se encuentra tipificado en la Ley de Pesca de Canarias como sanción administrativa grave, que puede acarrear multas de entre 301 y 60.000 euros. Asimismo, en el caso de atentar un infractor contra una especie en peligro de extinción, como sería el caso de la lapa majorera (Patella candei), los hechos estarían tipificados como infracción muy grave en la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, con sanciones establecidas entre los 200.000 y los 2 millones de euros.

 

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